CONTRATO DE TRANSPORTE

Las normas expuestas en este Contrato de Transporte constituyen las condiciones aplicables a los vuelos operados por TG en los que transportamos o acordamos transportar pasajeros y su equipaje, tanto si los vuelos son operados por nosotros como por otra compañía aérea. Las normas expuestas en este Contrato de Transporte son aplicables a los billetes emitidos para vuelos operados por TG y estas Normas están expresamente aceptadas por el pasajero.

CÓDIGO COMPARTIDO
Para realizar ciertos vuelos, TG ha formalizado acuerdos conocidos como Códigos Compartidos con otras compañías aéreas. Esto quiere decir que, aunque tenga una reserva con nosotros y un Billete en el que Thai Airways o nuestro código designador de línea aérea (TG) aparece como compañía transportadora, puede que sea otra compañía la que opere el avión. Si en el caso de un Código Compartido THAI aparece como la compañía operadora del vuelo, este Contrato de Transporte también será aplicable.  En ese caso se le comunicará cuál es la compañía operadora del vuelo en el momento de realizar su reserva.
Para los vuelos de Código Compartido operados por otra compañía aérea, seremos responsables de todo el viaje en Código Compartido y de las obligaciones contraídas con los Pasajeros que establece esta normativa.  Sin embargo, cada compañía aérea con la que tenemos Códigos Compartidos tiene su propia normativa de operación de vuelos, que puede diferir de la que aplica THAI para sus vuelos. Estas normativas aparecen incorporadas aquí por referencia y forman parte de estos Contratos de Transporte.

Las reglas con respecto a las operaciones aéreas que pueden diferir entre THAI y las compañías con las que realiza vuelos en Código Compartido son, entre otras:
•   Hora límite de facturación (Plazo de aceptación al vuelo);
•   Menores No Acompañados;
•   Transporte de Animales;
•   Denegación de transporte;
•   Disponibilidad del Servicio de Oxígeno;
•   Operaciones aéreas irregulares;
•   Indemnización por denegación de embarque;
•   Aceptación de equipaje, franquicia y responsabilidad
 
Para consultar las normas y reglamentos de las compañías que efectúan vuelos en código compartido con THAI, por favor consulten sus páginas web o su agencia de viajes.

Es recomendable que revise las normas para los vuelos operados por otra compañía aérea en acuerdo de Código Compartido y compruebe sus requisitos respecto a la facturación, los menores no acompañados, el transporte de animales, la denegación de transporte, el servicio de oxígeno, operaciones irregulares, la indemnización por denegación de embarque o la política de aceptación de equipaje, entre otros.
Para los vuelos con llegada o salida de un aeropuerto de los Estados Unidos, el Plan de Contingencia para los Retrasos Prolongados en Pista de THAI solo será aplicable a su vuelo en el que caso de que THAI sea la compañía operadora. Si es la compañía en Código Compartido u otra compañía aérea la que opera el vuelo, se aplicará el plan de retraso en pista de la compañía operadora.

POR FAVOR RECUERDE QUE NO PODRÁ VIAJAR SI NO PRESENTA TODOS LOS DOCUMENTOS DE VIAJE NECESARIOS, COMO SU PASAPORTE O EL VISADO.
LOS GOBIERNOS PODRÍAN REQUERIR A SU COMPAÑÍA AÉREA QUE LES FACILITE INFORMACIÓN O PERMITAN EL ACCESO A LOS DATOS DE LOS PASAJEROS.
Recomendaciones a los Pasajeros Internacionales sobre las Limitaciones de Responsabilidad de la compañía aérea

En el caso de que el viaje del pasajero tenga como último destino o escala un país distinto al país de salida, podrán aplicarse las disposiciones del Convenio de Varsovia a la totalidad del viaje, incluida cualquier parte del mismo comprendida dentro los países de origen y destino. El convenio rige y en la mayoría de los casos limita la responsabilidad de las compañías aéreas en el caso de muerte o daños personales a aproximadamente 10.000USD.
Se puede obtener protección adicional adquiriendo un seguro privado. Este seguro no se verá afectado por las limitaciones de responsabilidad de la compañía aérea bajo el Convenio de Varsovia. Para más información, por favor contacte con su compañía aérea o un representante de la compañía de seguros. 

Límite de Responsabilidad sobre el Equipaje
Para la mayoría de los viajes internacionales (incluyendo los tramos domésticos de los vuelos internacionales), la responsabilidad por pérdida, demora en la entrega o daños en el equipaje está limitada a aproximadamente 9.07USD por libra (20.00USD por kilo) para el equipaje facturado y 400USD por pasajero para el equipaje de mano a no ser que se haya declarado un valor superior antes del vuelo y se hayan pagado las tasas correspondientes. El valor excedente puede no ser declarado en determinados artículos de valor. Las compañías aéreas no asumen ningún tipo de responsabilidad con respecto a artículos frágiles o perecederos. Para más información, por favor contacte con su compañía aérea.

Hora Límite de Facturación

El horario que aparece en el billete o recibo del itinerario es el de la salida del vuelo. Los horarios de Facturación, según indica la compañía aérea, corresponden a la hora límite en la que los pasajeros serán aceptados al vuelo, con el tiempo suficiente para realizar todos los trámites. Los vuelos no pueden esperar a los pasajeros que llegan tarde, y la compañía no tendrá ninguna responsabilidad en esos casos.

NOTIFICACIÓN SOBRE LOS LÍMITES DE RESPONSABILIDAD
El Convenio de Montreal o el sistema del Convenio de Varsovia podrán aplicarse durante todo el viaje, y estos Convenios rigen y pueden limitar la responsabilidad de las compañías aéreas con respecto a la muerte o lesión de los pasajeros, la pérdida o daños en el equipaje, o la demora de los pasajeros o del equipaje.

Donde el Convenio de Montreal es aplicable, los límites de responsabilidad son los siguientes:
1.    No hay límite económico fijado en el caso de muerte o lesiones físicas del pasajero.
2.    En el caso de rotura, pérdida, daños o retraso en el equipaje se asignarán 1.000 derechos especiales de giro (aproximadamente 1.200€ o 1.470USD) por pasajero en la mayoría de los casos.
3.    En el caso de daños ocasionados por un retraso en su vuelo, se asignarán 4.150 derechos especiales de giro (aproximadamente 5.000€ o 6.000USD) por pasajero en la mayoría de los casos.

El Reglamento CE 889/2002 requiere que las compañías aéreas de la Unión Europea apliquen las disposiciones previstas en el Convenio de Montreal para los límites de todo transporte aéreo de pasajeros y equipaje. Muchas compañías que no pertenecen a la Unión Europea han elegido aplicarlas también respecto al transporte de pasajeros y su equipaje.

Donde el Convenio de Varsovia es aplicable, los límites de responsabilidad son los siguientes:
•    16,600 Derechos Especiales de Giro (aproximadamente 20.000€ o 20.000USD) en el caso de muerte o daños físicos si se aplica el Protocolo de La Haya al Convenio, u 8.300 Derechos Especiales de Giro (aproximadamente 10.000€/ 10.000USD) si solo es aplicable el Convenio de Varsovia. Muchas compañías aéreas han renunciado a estos límites en su totalidad. La normativa estadounidense requiere que para los vuelos a, desde o con una escala prevista en los EEUU, el límite no sea menor de 75.000USD.
•    17 Derechos Especiales de Giro (aproximadamente 20€/ 20USD) por kg por la pérdida o daños del equipaje facturado, y 332 Derechos Especiales de Giro (aproximadamente 400€/ 400USD) por el equipaje no facturado.
•    La compañía aérea podrá ser también responsable por los daños ocasionados por un retraso.
•    La compañía aérea le podrá facilitar información adicional respecto a los límites aplicables a su viaje. Si durante su viaje utiliza diferentes compañías aéreas, deberá contactar con cada una de ellas para obtener información de los límites de responsabilidad aplicables.

•    Con independencia del Convenio aplicable a su viaje, usted podrá beneficiarse de un límite superior de responsabilidad por pérdida, daño o retraso en su equipaje realizando una declaración especial de valor de su equipaje cuando vaya a realizar la facturación, abonando el suplemento correspondiente. De todas formas, si el valor de su equipaje supera el límite de responsabilidad aplicable, debería asegurarlo antes de realizar su viaje.
•    Plazo de actuación: Cualquier acción legal por daños y perjuicios debe ser realizada dentro de los dos años posteriores a la llegada del avión a destino, o de la fecha en la que el avión debería haber llegado.  Reclamaciones de equipaje: La reclamación por escrito a la compañía aérea se debe realizar dentro de los 7 días posteriores a la recepción del equipaje facturado en el caso de daños, y en el caso de demora en la entrega, en los 21 días posteriores a la fecha en la que se entregó al pasajero. Further information may be obtained from the carrier as to the limits applicable to your journey. If your journey involves carriage by different carriers, you should contact each carrier for information on the applicable limits of liability.

AVISO SOBRE IMPUESTOS, TASAS Y RECARGOS ESTABLECIDOS POR EL GOBIERNO

El precio de este billete podrá incluir impuestos, tasas y recargos establecidos al transporte aéreo por las autoridades gubernamentales. Su total puede representar una parte importante del precio del billete y aparecerán, bien incluidos en la tarifa o por separado, en el apartado “TASAS/IMPUESTOS/RECARGOS” del billete.
También se podrá dar la circunstancia de que el pasajero deba abonar impuestos, tasas y/o recargos no cobrados con anterioridad. El siguiente aviso no se aplica a los billetes vendidos en los Estados Unidos para vuelos con origen en los Estados Unidos. 

DENEGACIÓN DE EMBARQUE

Los vuelos pueden sobrevenderse, y hay una pequeña posibilidad de que no tenga un asiento disponible en el vuelo aunque tenga una reserva confirmada. En la mayoría de los casos, si a usted le deniegan el embarque de forma involuntaria, tiene derecho a una indemnización. Cuando así lo requiera la legislación vigente, la compañía aérea deberá solicitar voluntarios antes de denegar el embarque a un pasajero de forma involuntaria. Consulte con su compañía aérea la normativa de pago de indemnizaciones en caso de denegación de embarque (DBC) y solicite información sobre las prioridades de embarque de la compañía aérea.

EQUIPAJE

El valor excedente puede ser declarado en determinados tipos de artículos. Las compañías aéreas podrán aplicar reglas especiales para los artículos frágiles, valiosos o perecederos. Por favor consúltelo con su compañía aérea. Equipaje Facturado: Las compañías aéreas podrán ofrecer una franquicia de equipaje facturado de forma gratuita, que será determinada por la compañía aérea y que podrá diferir dependiendo de la clase y/o la ruta. Las compañías aéreas podrán aplicar cargos extra si el equipaje facturado supera la franquicia permitida. Por favor consúltelo con su compañía aérea. Equipaje de Cabina (No Facturado): Las compañías aéreas podrán permitir una franquicia gratuita de equipaje en cabina, que será estipulada por cada compañía aérea y podrá diferir según la clase, ruta y/o tipo de avión. Se recomienda limitar el equipaje de cabina lo  máximo posible. Por favor consúltelo con su compañía aérea. Si realiza su viaje con más de una compañía aérea, tenga en cuenta que cada compañía aérea puede tener establecidas diferentes normas sobre el equipaje (tanto el facturado como el de cabina).  LÍMITE DE RESPONSABILIDAD ESPECIAL SOBRE EL EQUIPAJE PARA VIAJES A EEUU: Para vuelos domésticos entre puntos de EEUU, las reglas federales establecen un límite mínimo de responsabilidad de 3300.00USD por pasajero, o la cantidad estipulada en el 14 CFR 254.5.

  • HORARIO DE FACTURACIÓN. El horario que aparece en su itinerario/recibo corresponde a la hora de salida del vuelo. El horario de salida del vuelo no es el mismo que el horario de facturación o la hora en la que debe presentarse en el embarque. La compañía aérea podrá denegarle el transporte si usted llega tarde. El horario de Facturación, según indica la compañía aérea, corresponde a la hora límite en la que los pasajeros serán aceptados al vuelo; el horario de embarque, tal y como indica la compañía aérea, corresponde a la hora límite en la que los pasajeros se deben presentar al embarque.

  • MERCANCÍAS PELIGROSAS (MATERIALES PELIGROSOS)
  • Por motivos de seguridad, las mercancías peligrosas no pueden ser transportadas como equipaje facturado o a bordo (equipaje de mano) excepto cuando haya sido expresamente permitido. Entre las mercancías peligrosas se incluyen, entre otras: gases comprimidos, sustancias corrosivas, explosivos, líquidos y sólidos inflamables, materiales radiactivos, materiales oxidantes, sustancias venenosas, sustancias infecciosas o maletines con alarmas sonoras. Por razones de seguridad, se pueden aplicar otro tipo de restricciones. Por favor consúltelo con su compañía aérea.
  • FACTURACIÓN
  • Los pasajeros deberán presentar la tarjeta de crédito utilizada para la compra del billete electrónico junto con su pasaporte en el mostrador de facturación excepto en los siguientes casos:
    •    Los pasajeros tailandeses que realicen un vuelo doméstico –dentro de Tailandia-, podrán presentar un carné de identidad con fotografía emitido por el gobierno tailandés (en el caso de los adultos) o un carné de estudiante (en el caso de los niños) en lugar del pasaporte.
    •    En el caso de que el propietario de la tarjeta de crédito haya pasado por una oficina de THAI y haya pagado en efectivo o firmado un recibo del pago con la tarjeta de crédito, solo hará falta que presente su pasaporte o carné de identidad (en el caso de pasajeros tailandeses en vuelos domésticos). 
  • FRANQUICIA DE EQUIPAJE
  • Si usted va a viajar únicamente con THAI durante su vuelo, es recomendable que se familiarice con las siguientes normas respecto al equipaje
  • Franquicia por peso de equipaje
  • La franquicia por peso de equipaje se aplicará a todas las áreas excepto a los vuelos/ conexiones a/ desde EEUU, sus territorios y Canadá.
    Royal First Class: 50 kg (110 lbs.)
    Royal Silk Class: 40 kg (88 lbs.)
    Premium Economy Class: 30 kg (66 lbs.)
    Economy Class: 30 kg (66 lbs.)
  • Franquicia por piezas de equipaje
  • La franquicia por piezas de equipaje se aplicará a todos los vuelos/ conexiones a/ desde EEUU, sus territorios y Canadá.
    Royal First Class / Royal Silk Class: Dos piezas de equipaje facturado; la suma de sus tres dimensiones no deberá superar los 158cm (62 pulgadas) por cada maleta. El máximo peso permitido por pieza es de 32kg (70 lbs).
    Premium Economy/ Economy Class: Dos piezas de equipaje facturado; la suma de sus tres dimensiones no deberá superar los 158cm (62 pulgadas) por cada maleta. El máximo peso permitido por pieza es de 23kg (50 lbs).
    Royal First Class: 32 kg (70 lbs)
    Royal Silk Class: 32 kg (70 lbs)
    Premium Economy Class: 23 kg (50 lbs)
    Economy Class: 23 kg (50 lbs)
    Los bebés menores de dos años que no ocupen asiento podrán beneficiarse de una franquicia de una pieza de equipaje facturado cuyas dimensiones no superen los 115cm (45 pulgadas) y tengan un peso máximo de 23 kg (50 lbs).
    Si en su viaje va a utilizar más de una compañía aérea, por favor tenga en cuenta que estas normas sobre el equipaje pueden variar. En algunos casos, la normativa sobre equipaje aplicable será la de las compañías asociadas. Para más información, por favor contacte con su agencia de viajes o su oficina de reservas y emisión de billetes.
  • Equipaje de mano
  • Además de la franquicia de equipaje facturado, cada pasajero –con la excepción de los bebés menores de dos años que no ocupen asiento- podrán llevar, sin coste adicional, una pieza de equipaje de mano, cuyas medidas no superen los 56cm (22 pulgadas) de largo, 45cm (18 pulgadas) de ancho y los 25cm (10 pulgadas) de profundidad. Estas medidas incluyen las ruedas, asas y bolsillos laterales. El peso total del equipaje de mano no podrá superar los 7kg (15lb).
    Los pasajeros deberán colocar su equipaje de mano en los compartimentos superiores del avión o debajo de su asiento.
    Además del equipaje de mano indicado, también se permite llevar los siguientes artículos a bordo sin coste adicional:
    1. Un bolso pequeño siempre que no supere los 37.5cm (15 pulgadas) de largo, los 25cm (10 pulgadas) de ancho y los 12.5cm de profundidad (5 pulgadas), o la suma de las tres dimensiones no supere los 75cm (30 pulgadas) y el peso total los 1.5 kg (3.3 lb). En este apartado están incluidos los ordenadores portátiles.
    2. Las muletas que puedan necesitar los pasajeros de mayor edad, enfermos o discapacitados.
    3. Una cámara o unos prismáticos de tamaño pequeño.
    4. La comida que un bebé vaya a necesitar durante el vuelo.
    Se le podrá solicitar al pasajero que mida/ pese el equipaje en el mostrador de facturación y/o en la puerta de embarque para verificar el cumplimiento de esta normativa.
    Reembolso del billete electrónico
    THAI podrá denegar el reembolso del billete si la solicitud se realiza después de los 90 días posteriores a la caducidad del billete electrónico–siempre que sea reembolsable.
  • Contrato de Transporte – Contrato Íntegro